GOBIERNO CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, PLAN GENERAL DE ABASTECIMIENTO ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO DE CANTABRIA Y SANEAMIENTO DE CANTABRIA " Ría de Mogro (CAN1-08:43° 26,33'N; 03° 59' W, zona de marisma), Ría de San cuyo marco normativo nacionallo constituyen elR.D.L 11/1995 y el R.D.509/1996, en Vicente de La Barquera (CAN1-09:Zona de la Ría situada al sur del Puente de la Cantabria se han definido 5 zonas sensibles: Maza (43° 23,04'N; 04° 23,30'W), CAN1-10:Zona de la Ría situada al Oeste de la latitud 43° 23,20' N y que se extiende hasta el final de la marisma de Pombo). ! Marismas de Joyel (Cod. ESCA648): Criterio letra “C” del Anejo II del R.D. 509/1996 (Nitrógeno y Fósforo). " Ría de Tina Menor (CAN1-11:43° 23,30'N; 04° 28,20'W, todo el interior de la ría homónima). ! Marismas de Santoña (Cod. ESCA647):Criterio letra “C” del Anejo II del R.D. 509/1996 (Nitrógeno y Fósforo). " Zona litoral entre la ría de Tina Mayor y la ría de Ontón (CAN1-12:Desde la Ría de Marismas de Victoria (Cod. ESCA647): Tina Mayor (43° 23,46' N; 04° 30,75'W), hasta la Ría de Ontón (43° 20,8'N; 3° ! Criterio letra “C” del Anejo II del R.D. 509/1996 8,7W)). (Nitrógeno y Fósforo). 4.2.4.4 Zonas de Uso Recreativo ! Parque Natural de Oyambre (Cod. ESCA441): Criterio letra “C” del Anejo II del R.D. 509/1996 (Nitrógeno y Fósforo). En Cantabria no hay ninguna Zona de Baño correspondiente a aguas continentales, mientras ! Embalse del Ebro (Cod. EBS01): Criterio letra “C” del Anejo II del R.D. 509/1996 que en masas de agua de transición y costeras se han delimitado 33 Zonas de Baño. Éstas (Nitrógeno y Fósforo). son: 4.2.4.6 Zonas de Protección de Hábitats y Especies de Interés Comunitario ! Masa de Agua “Oyambre Costa”:Playa de Cóbreces, Playa de Oyambre. Masa de Agua “Ría de Ajo”:Playa la Arena. Actualmente, la red Natura 2000 de Cantabria está formada por 21 Lugares de Importancia ! Comunitaria (LIC; 7 LIC terrestres, 9 LIC acuáticos continentales y 5 LIC acuáticos litorales) y ! Masa de Agua “Santander Costa”:Playa de Ajo, Playa Puntal, Playa Somo, Playa Loredo, 8 Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA; Figura 4.12). Playa de Langre, Playa Mataleñas, Playa 1º del Sardinero, Playa 2º del Sardinero, Playa Río Agüera (214 Ha), Río Asón (530 Ha), Río Miera (395 Camello. ! LIC acuáticos continentales: Ha), Río Pas (957 Ha), Río Saja (321 Ha), Río Nansa (570 Ha), Río Deva (398 Ha), Río ! Masa de Agua “Santoña Costa”:Playa de Oriñón, Playa Arenillas, Playa Salvé, Playa de Camesa (246 Ha), Río y Embalse del Ebro (4.342 Ha; Figura 4.12-A). San Martín. Marismas de Santoña, Victoria y Joyel (4.342 Ha), Costa Central y ! LIC acuáticos litorales: ! Masa de Agua “Castro Costa”:Playa Ostende, Playa Brazomar, Playa Dicido. Ría de Ajo (444 Ha), Dunas del Puntal y Estuario del Miera (675 Ha), Dunas de Liencres y Estuario del Pas (544 Ha), Rías Occidentales y Duna de Oyambre (1.273 Ha; Figura 4.12- ! Masa de Agua “Oyambre Costa”:Playa de Comillas, Playa Sable de Merón. A) ! Masa de Agua “Ría de Mogro”:Playa de Mogro. ! LIC terrestres: Liébana (42.257 Ha), Valles altos del Nansa y Saja y Alto Campoo Masa de Agua “Noja Costa”:Playa del Ris, Playa de Tregandín, Playa de Berria, Playa del (46.292 Ha), Montaña Oriental(21.679 Ha), Sierra delEscudo (3.198 Ha), Sierra del ! Escudo de Cabuérniga (787 Ha),Cueva Rogeria (112 Ha),Cueva delRejo (180 Ha; Sable de Quejo. Figura 4.12-B), ! Masa de Agua “Suances Costa”:Playa de Liencres, Playa de Los Locos,Playa de La ! ZEPA: Marismas de Santoña, Victoria, Joyel y Ría de Ajo (7.087 Ha), Liébana (29.071 Concha. Ha), Desfiladero de La Hermida (6.350 Ha), Sierra de Peña Sagra (5.020 Ha), Sierra de ! Masa de Agua “Marismas de San Vicente de la Barquera”:Playa Tostadero. Híjar (4.730 Ha), Sierra del Cordel y cabeceras del Nansa y del Saja (16.244 Ha), Embalse del Ebro (6.711 Ha), Hoces del Ebro (4.080 Ha; Figura 4.12-C). ! Masa de Agua “Virgen del Mar Costa”:Playa San Juan de la Canal, Playa Virgen del Mar. ! Masa de Agua “Bahía de Santander-Puerto”:Playa Magdalena/Peligros. 4.2.4.5 Zonas Vulnerables y Sensibles En aplicación de la Directiva 91/676/CEE y el R.D 261/1996, en Cantabria no se ha designado ninguna zona vulnerable a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias. En aplicación de la Directiva 91/271/CEE sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, 36