MEMORIA ASPECTOS GENERALES ÁMBITO de 1.989, y sus modificaciones aprobadas por Real Decreto 1112/1992, de 18 de dominio público hidráulico, de los retornos al citado dominio público hidráulico y de los Septiembre. vertidos al mismo. El Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA), aprobado por el RealDecreto Legislativo Por otro lado, constituyen el dominio público marítimo-terrestre, elconjunto de bienes de 1/2001 el 20 de julio de 2001, incorporó alordenamiento jurídico español,a través del dominio público formado por el mar territorial, las aguas interiores, los recursos naturales de artículo 40 (objetivos y criterios de la planificación hidrológica) y del artículo 92 (objetivos de la zona económica exclusiva y de la plataforma continental,así como las playas y costas protección), el objetivo general establecido por la Directiva Marco del Agua.Dicho texto se hasta el alcance de los mayores temporales conocidos. De conformidad con lo previsto en la modificó con la aprobación de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, legislación de costas, el Ministerio competente en la materia,lleva a cabo elPlan de administrativas y del orden social, que a través de su artículo 129, transpuso la Directiva deslindes, tramitando y aprobando los expedientes que definen la línea de deslinde del Marco del Agua al derecho español.Real Decreto-Ley 4/2007, de 13 de Abril,por el que se dominio público marítimo-terrestre. modifica el texto refundido de la Ley de Aguas y el Real Decreto-Ley 4/2007, de 13 de Abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas. En lo que respecta al dominio público marítimo-terrestre, la norma básica recae en el Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por elque se aprueba el reglamento general para El Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por elque se establecen las normas desarrollo y ejecución de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, así como el Real Decreto aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas, alobjeto de transponer al 1.112/1992, de 18 de septiembre, de modificación parcial del Reglamento general. Ordenamiento interno la Directiva 91/271/CEE y el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, de desarrollo del Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, y el Real Decreto Como normas complementarias, sirvan el Real Decreto 735/1993, de 14 de mayo, por el que 2090/2008, de 22 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de se regulan las tasas por prestaciones de servicios y realización de actividades en materia de la Ley 26/2007, de 23 de Octubre de Responsabilidad Ambiental. dominio público marítimo terrestre, el Real Decreto 1.771/1994, de 5 de agosto, de adaptación a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de determinados procedimientos Dominio Público. administrativos en materia de aguas, costas y medio ambiente o la Orden de 6 de febrero de 2001, del Ministerio de Medio Ambiente, por la que se delegan atribuciones. El dominio público está constituido por elconjunto de bienes que siendo propiedad de un ente público están afectos a un uso público, a un servicio público o al fomento de la riqueza Planificación. Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico nacional tal y como se recoge en la Constitución,que indica que será cada Ley la que Occidental determine estos bienes. El marco normativo de la planificación hidrológica, a nivel estatal,está configurado por el De acuerdo con el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo Real Decreto 650/1987, de 8 de mayo, por el que se definen los ámbitos territoriales de los 1/2001 de 20 de julio, constituyen el dominio público hidráulico, entre otros bienes, los Organismos de cuenca y de los planes hidrológicos; el texto refundido de la Ley de Aguas; la cauces de corrientes naturales, continuas o discontinuas y los lechos de lagos, lagunas y Ley 10/2001 de 5 de julio; el Reglamento del Dominio Público Hidráulico que desarrolla los embalses superficiales, en cauces públicos. La delimitación y deslinde de los cauces de títulos preliminar, I, IV, V, VI, VII y VIII del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por dominio público hidráulico se realiza a través delProyecto Linde incluido en el Sistema el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril. Nacional de Cartografía de Zonas Inundables. Por el Reglamento de la Planificación Hidrológica aprobado por el Real Decreto 907/2007, de Pues bien, en lo que respecta al Dominio Público Hidráulico, es elReglamento de Dominio 6 de julio; la Orden ARM/2656/2008, de 10 de septiembre,por la que se aprueba la Público Hidráulico (RDPH), aprobado por el Real Decreto 849/86, de 11 de abril, que Instrucción de Planificación Hidrológica; la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre la evaluación de desarrolla los Títulos preliminar, I, IV, V, VI y VIII de la Ley de Aguas, la normativa básica de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente; el RD 125/2007, de 2 referencia, modificado por el RD 995/2000, de 2 de junio, por elque se fijan objetivos de de febrero, por el que se fija el ámbito territorialde las demarcaciones hidrográficas, el RD calidad para determinadas sustancias contaminantes, asicomo las modificaciones por RD 126/2007, de 2 de febrero, por el que se regulan la composición, funcionamiento y 606/2003, de 23 de mayo, por el que se modifica el RD 849/1986, de 11 de abril, por el que atribuciones de los comités de autoridades competentes de las demarcaciones hidrográficas se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los Títulos con cuencas intercomunitarias. preliminar, I, IV, V, VI y VIII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas. A su vez por el Real Decreto 1620/2007, de 7 de diciembre, por elque se establece el El RD 9/2008, de 11 de enero, por elque se modifica elReglamento delDominio Público régimen judco dea reutilización de las aguas depuradas; el ealecreto 1514/009, de 2 Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/86, de 11 de abril. de octubre, por el que se regula la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro. Orden ARM/1312/009, de 20 de mayo, pora que se reguanos sistemas paa ealizar el control efectivo de los volúmenes de agua utilizados por los apoecamientos de agua del 17