26 Más a fondo Debido al gran riesgo que genera el tratamiento masivo de estos datos resolvía de manera eficaz esta cues- personales sensibles, la ‘anonimización’ de los datos se presenta como solu- tión y la consecuencia resultante era ción, pero es uno de los elementos más complicados y comprometidos de la un sistema desproporcional en la protección de datos, puesto que la consecución de tal objetivo significa la no Unión Europea. Con la nueva regu- aplicación de la normativa sobre protección de datos y, por consiguiente, la lación, el sistema creado responde a exención de una gran cantidad de obligaciones civiles y administrativas. las necesidades de homogenización La consideración de ‘tratamiento’ sobre unos datos supone el punto de una cuestión tan relevante como de partida para la aplicación del marco normativo sobre protección de el derecho a la indemnización del datos a unos supuestos de hecho marcados por la deslocalización del tra- afectado. Por ello, el RGPD ha creado tamiento. El RGPD no es ajeno al Big Data, y contempla un supuesto de El Big Data nuevas normas de derecho interna- hecho específico para sujetar a la norma cualquier tratamiento de datos puede traer cional privado con el fin de proteger que tenga como destino controlar el comportamiento humano. La deslo- tantos al afectado en supuestos de vulne- calización del tratamiento es otro de los supuestos modernos y derivados problemas ración de su derecho a la protección del auge de las nuevas tecnologías. El RGPD viene a tratar este problema como de datos. La posibilidad que otorga mediante la aplicación extraterritorial de la norma cuando los datos trata- beneficios si el reglamento de litigar en el propio dos correspondan a residentes en la Unión. En este sentido, las transferen- los datos domicilio del demandado cumple cias internacionales de datos personales continúan siendo uno de los ele- personales no con la función protectora que siem- mentos más importantes de las normas de protección de datos. Esto se son tratados pre ha de tener una norma de pro- demuestra en la gran extensión de su régimen en comparación con lo correctamente tección de datos. La compatibilidad estipulado en la directiva. con el reglamento ‘Bruselas I bis’ La institucionalización de las normas supone una ampliación de los foros corporativas vinculantes supone una gran disponibles, que variarán depen- estandarización y normativización de uno diendo del contrato en el que ejerci- de los pilares de las transferencias, con el ten tales acciones. Además, cabe objetivo de alcanzar una importancia si- destacar la posibilidad de no invocar milar a las cláusulas contractuales tipo, la acción de responsabilidad del cuya seguridad está cuestionada. RGPD, sino reclamar a la asegurado- Un gran avance para la protección ra por un incumplimiento contrac- del titular del derecho a la protección de tual en el caso de haberse compro- datos es la regulación ex novo que reali- metido contractualmente a proteger za el RGPD respecto al derecho a la in- los datos conforme a la legislación demnización. La anterior directiva no vigente.