FISCALIDAD Certificado fiscal relativo a los Rendimientos del Trabajo Losrendimientos generados por el cobro de derechos consolidados de un Plan de Pensiones, EPSV, un Plan de Pre- visión Asegurado (PPA) o un seguro de Dependencia tributan como rendimiento del trabajo. Esta tributación sola- mente se computa en el momento que se declare a Hacienda dicho cobro. Esto quiere decir que en el momento del cobro deberá declarase como rendimiento del trabajo, bien se perciba de una sola vez, en forma de capital, o bien en forma de renta. En caso de percibir las cuantías correspondientes en forma de renta, se recibirá un certificado fiscal por cada año que se cobre la misma hasta que finalice el contrato. Si por el contrario, se ha cobrado todo el capital en 2018, recibirá este certificado para que pueda declararlo en esta campaña de la Renta. En el certificado fiscal que PSN envía, se reflejan el tipo de producto, el año en cuestión, las retribuciones dinerarias satisfechas, la retención aplicada y la reducción correspondiente en su caso. Justo al lado de la cifra de retribucio- nes dinerarias, PSN facilita la casi- lla en la que se debe consignar CertificadodeRetencioneseingresosacuenta dichacantidad (0003 este año, delImpuestosobrelaRentadelasPersonasFísicas siempre y cuando hablemos del Producto....................................................................................... P.P.A. régimen común, como ya hemos comentado). En caso de que la NºPóliza/NºPlan......................................................................... 4901000343 persona tenga retenciones y re- Ejercicio.......................................................................................... 2018 consignaren lacasilla ducciones deberá computarlas en Retribucionesdinerarias. Importeintegrosatisfecho............ 25.552,03 0003 las casillas 0596 y 0011. Además, Retenciónaplicada....................................................................... 1.303,15- 0596 para más detalle, el certificado va Reducción(1)................................................................................. 0 acompañado de una tabla donde NOTA(1):Reduccionesaqueserefiereelarticulo18apartados2y3y/oD.T.11y12delaLey35/2006. se desglosan los datos del pro- NOTAIMPORTANTE:LascasillasdeconsignaciónindicadasentodoeldocumentosonlasdereferenciaparalatributaciónenelrégimencomúndelEstado.Recomendamosconsultarlasespecíficasdeaquellasautonomíasconregímenesfiscalespropios. ducto del que sea titular. Certificado fiscal para Autónomos con un PSN SILT Este certificado es vinculante únicamente para los mutualistas autónomos que tengan contratado un PSN SILT Pro- fesional. Este producto permite deducirse en el IRPF hasta 500€ en la parte correspondiente a su propia cober- tura y a la de su cónyuge e hijos menores de veinticinco años que convivan con el tomador de la póliza. El importe máximo a deducir ascenderá a 500€ por cada una de las personas señaladas anteriormente o de 1.500€ por cada una de ellas con discapacidad. Toda la información, en la palma de su mano PSN está inmersa en un gran proyecto de digitalización, lo que ha supuesto la apertura de nuevas vías de comunicación más directas y que suponen una mayor disponibilidad y acceso para los mutualistas. Un ejemplo es el acceso a los cer- tificados fiscales a través del Área Privada, un canal cómodo y seguro en el que tendrán su información de interés siem- pre a mano. Para ello, simplemente es necesario registrarse en esta herramienta a través de psn.es *Si es mutualista y tiene alguna duda sobre cuestiones fiscales de sus productos, contacte con el Servicio de Atención al Mutualista e Información General en el teléfono 910 616 790. Mayo 27