CLÍNICAS DE ESTÉTICA Y REDES SOCIALES, CÓCTEL PELIGROSO LA LIGEREZA CON LA QUE UN CENTRO MÉDICO MANEJÓ LAS IMÁGENES DE UN PACIENTE LE SALIÓ MUY CARA PSN Sercon, la consultora de protección de Publicación sin consentimiento adecuado datos y seguridad de la información del Grupo (artículo 6 del RGPD): la clínica publicó en re- PSN, nos acerca un nuevo caso real en el que des sociales imágenes del paciente antes de la Agencia Española de Protección de Datos someterse a una cirugía y también después, (AEPD) impuso una multa de 10.000 euros a mostrando el resultado obtenido, sin contar una clínica por la difusión no autorizada de imá-con su consentimiento explícito. Aunque genes de un paciente en redes sociales. Las fo-firmó una autorización para usos científicos tografías, que mostraban el antes y después de o educativos, este consentimiento no cubría una intervención quirúrgica, fueron publicadas su uso con fines publicitarios. El artículo 6 del sin el consentimiento expreso del afectado, lo RGPD exige que el tratamiento de datos per- que infringe los artículos 6 y 9 del Reglamentosonales, como las imágenes, tenga una base General de Protección de Datos (RGPD). legal, y el consentimiento específico es clave En la resolución se ponen de relieve los para la legalidad de este tratamiento. principales errores cometidos por la clínica, especialmente en la gestión de datos per- Tratamiento de datos sensibles sin jus- sonales y sensibles, y la falta de medidas de tificación legal (artículo 9 del RGPD): las seguridad adecuadas: imágenes de una intervención quirúrgica 8 PSN Número 106 / Noviembre / 2024